La lentitud del proceso sefardí

Informe para clientes · Agosto de 2026


La pregunta que más recibimos estos meses es por qué unos expedientes se resolvieron y otros, presentados en fechas similares, siguen sin movimiento. Es una pregunta legítima y este documento la responde.

Para entenderlo hay que distinguir primero dos trámites que suelen confundirse.


Son dos procesos distintos

El certificado de la Comunidad Israelita de Lisboa.

La Comunidad Israelita de Lisboa examina la genealogía del solicitante y certifica su ascendencia sefardí portuguesa. Ese certificado es indispensable: sin él no se concede la nacionalidad.

El expediente ante el gobierno portugués.

El Instituto dos Registos e do Notariado es quien concede o deniega la nacionalidad.

Los dos trámites avanzan en paralelo, no uno detrás del otro. La mayor parte de nuestros clientes ya tienen el certificado de la CIL, y su situación es muy ventajosa. Los que aún no lo tienen dependen de que ese certificado valide los hallazgos genealógicos.


Por qué unos expedientes avanzaron antes que otros

Por la vía de presentación. Los expedientes que se presentaron en Oporto se tramitaron con mayor rapidez que los presentados en Lisboa. Asefarad presentó todos sus expedientes en Lisboa, donde trabaja nuestra corresponsal en Portugal, la Dra. Sara Moura. En 2022 no había razón para que nuestra abogada se desplazara a Oporto: los trámites se presentan en el lugar habitual de trabajo, y nada permitía anticipar entonces la diferencia de ritmo que vendría después.

Por el reparto inicial entre conservatórias. En los primeros años, los expedientes se distribuían entre distintas oficinas del registro portugués. Algunos recayeron en conservatórias pequeñas, con menos carga de trabajo, y se resolvieron con notable rapidez. Esa distribución fue posteriormente prohibida.

Hoy el criterio es otro. El registro portugués aplica ahora un estricto orden de llegada. Intentamos hace más de un año trasladar expedientes a Oporto y se nos comunicó que no es posible: todos los expedientes se revisarán por riguroso orden de presentación. El cambio responde precisamente al descontento que generó el sistema anterior.

Esto tiene una consecuencia que conviene entender bien: por vía administrativa, la posición de su expediente en la cola ya no puede modificarse. Ni por nosotros ni por nadie.

Existe, sin embargo, una vía judicial que sí puede alterarla. La explicamos más adelante en este informe.


Un riesgo que conviene conocer: los plazos de respuesta

Hay una circunstancia que no produce retraso, sino algo peor.

Cuando el Conservatório requiere documentación —un certificado de antecedentes penales, un pasaporte vigente, una aclaración sobre el expediente— concede un plazo limitado para responder.

Si ese plazo vence sin respuesta, el expediente se da de baja.

No se retrasa ni pasa al final de la cola: se cierra. Y recuperarlo, cuando es posible, exige un procedimiento aparte.

Por eso les escribimos con antelación pidiéndoles documentos que quizá les parezcan prematuros. No lo son. Un pasaporte caducado o un certificado que tarda tres meses en obtenerse se convierten en un problema grave el día en que llega un requerimiento con plazo.


Todos nuestros expedientes están bajo el régimen favorable

Conviene decirlo con claridad porque es la mejor noticia de este informe.

El 1 de septiembre de 2022 Portugal endureció los requisitos: a partir de esa fecha, además de acreditar la ascendencia sefardí, había que probar un vínculo efectivo y duradero con Portugal —bienes heredados en el país o viajes regulares a lo largo de la vida—. Para la mayoría de los descendientes de personas expulsadas hace cinco siglos, esas condiciones resultaron imposibles de cumplir.

Todos los expedientes de nuestros clientes se presentaron antes de esa fecha. Se rigen, por tanto, por las condiciones originales de 2015: basta acreditar la ascendencia sefardí, presentar los antecedentes penales y ser mayor de edad. No se les exige residencia en Portugal, ni propiedades, ni viajes.

Ese régimen quedó fijado el día de la presentación y las reformas posteriores no lo alteran.


La dimensión real del atasco

Conviene poner cifras a lo que estamos describiendo, porque explican el retraso mejor que cualquier argumento.

El plazo legal para resolver un expediente de nacionalidad es de noventa días. Hoy la espera real se cuenta en años. Esa distancia entre la ley y la práctica no es una interpretación nuestra: es un hecho verificable, y es exactamente el fundamento sobre el que los tribunales portugueses están empezando a condenar a la administración.

La vía sefardí es la categoría más numerosa del sistema. En julio de 2025, el propio Instituto dos Registos e do Notariado informó de que los expedientes de descendientes de sefardíes representaban el 31% de todas las solicitudes de nacionalidad pendientes de análisis en Portugal. El mismo organismo declaró haber recibido más de un millón y medio de solicitudes de nacionalidad, por todas las vías, en cinco años.

Las estimaciones del sector, que no tienen carácter oficial pero coinciden entre sí, sitúan entre cien mil y ciento cincuenta mil los expedientes sefardíes pendientes, de más de doscientas cincuenta mil solicitudes presentadas desde 2015.

La Comunidad Israelita de Lisboa opera bajo la misma presión. Los estudios genealógicos requieren meses de trabajo antes de llegar siquiera al comité que los revisa.

Las mejoras anunciadas no se han traducido todavía en resultados visibles. Portugal ha reforzado la plantilla del registro civil, ha lanzado una plataforma digital y ha incorporado herramientas de automatización. Son medidas en la dirección correcta. Pero a agosto de 2026 no observamos una aceleración apreciable en los expedientes que seguimos, y preferimos decirlo así antes que alimentar expectativas que no podemos sostener.

Lo que esto significa

Nada de lo anterior es responsabilidad de Asefarad, y nada de ello está en nuestra mano corregir. Un expediente completo, correctamente presentado y con toda su documentación al día espera exactamente lo mismo que cualquier otro: le corresponde el turno que le corresponde.

Lo decimos una sola vez y sin dramatismo, porque entendemos que resulta poco consolador. Lo que sí está en nuestra mano —que el expediente esté completo, que responda a tiempo a cualquier requerimiento y que ustedes sepan lo mismo que sabemos nosotros— lo hacemos, y por eso reciben los correos que reciben.


Por qué el ritmo no mejora

El volumen explica una parte, pero no lo explica todo.

Desde 2022 la política portuguesa en materia de nacionalidad e inmigración ha ido en dirección claramente restrictiva, y la vía sefardí dejó de ser una prioridad administrativa antes de dejar de existir. La falta de interés político en resolver estos expedientes se traduce en plazos cada vez más largos.

Lo decimos porque es un hecho constatable y porque explica mejor que ninguna otra cosa por qué los tiempos no mejoran pese a los refuerzos anunciados.


Existe una vía judicial

Conviene que lo sepan, aunque no es el objeto de este informe.

La ley fija plazos para que la Conservatória analice y decida, y esos plazos se están incumpliendo de forma desmedida. Durante años los tribunales portugueses los interpretaron como orientativos, y por eso no recomendábamos acudir a ellos. Ese criterio ha cambiado: la jurisprudencia reciente reconoce que estas demoras afectan a derechos fundamentales y viene dictando sentencias que condenan a la Conservatória a resolver de forma prioritaria.

Es una opción, no una recomendación general. No perjudica el expediente —si la sentencia es favorable se acelera; si no lo es, el expediente sigue su curso normal—, pero tampoco es automática ni tiene resultado garantizado, porque depende de un tribunal independiente.

Lo explicamos en detalle en [artículo sobre el recurso judicial]. Quien quiera valorarlo en su caso concreto puede escribirnos.


La derogación de mayo de 2026 no afecta a su expediente

En mayo de 2026 Portugal derogó la vía sefardí. Desde el 19 de mayo no pueden presentarse solicitudes nuevas por este camino.

La misma ley establece expresamente que los procedimientos pendientes se resuelven conforme a la legislación anterior. Su expediente conserva el régimen que le correspondía el día en que se presentó, y el Estado portugués sigue obligado a resolverlo.

No hay que presentar nada de nuevo ni volver a empezar.


Lo que está pendiente

La ley de mayo obliga al Gobierno portugués a actualizar el reglamento que desarrolla la Ley de la Nacionalidad. El plazo vence a mediados de agosto de 2026 y a la fecha de este informe no se ha publicado.

Ese texto puede contener precisiones sobre la tramitación de los expedientes pendientes. Revisamos diariamente las publicaciones oficiales portuguesas e informaremos en cuanto aparezca.


Qué conviene que haga usted

Son tres cosas. Ninguna acelera el expediente —ya hemos explicado que eso no es posible—, pero las tres evitan perderlo.

Mantener el pasaporte vigente. Es el documento que con más frecuencia se requiere. Renovarlo puede llevar semanas; el plazo para responder a un requerimiento, no siempre. Hemos escrito a quienes constan con el pasaporte vencido.

Obtener los certificados de antecedentes penales de cada país en el que residió más de seis meses. Portugal los exige de forma individual y su obtención puede llevar meses según el país. Conseguirlos ahora, sin prisa, es muy distinto de conseguirlos contra reloj.

Comunicarnos cualquier cambio de correo electrónico o teléfono. Muchos expedientes se presentaron hace cuatro o cinco años. Si un requerimiento llega y no logramos localizarle a tiempo, el problema no es la molestia: es el plazo.


Qué hacemos nosotros

Atendemos los requerimientos que llegan, mantenemos actualizado el archivo documental de cada expediente y vigilamos a diario las publicaciones oficiales portuguesas.

Para revisar su caso concreto, puede escribirnos o solicitar una cita.

Dr. Pablo Corral Vega Asefarad


El análisis jurídico detallado de la derogación —qué disposiciones se derogaron y qué protege a los expedientes pendientes— está disponible en Historia breve del régimen portugués de nacionalidad para descendientes de judíos sefardíes.