La acción judicial por demora: qué es y cuándo tiene sentido

Portugal tiene plazos legales para analizar y resolver los expedientes de nacionalidad. Esos plazos se están incumpliendo de forma desmedida: hay solicitantes que acumulan cuatro y cinco años de espera con la perspectiva de aguardar varios más.

Existe una vía para exigir judicialmente que la Conservatória resuelva. Este informe explica en qué consiste, qué cambió para que hoy la consideremos, y qué puede y qué no puede esperarse de ella.


Por qué no la recomendábamos antes

Es la primera pregunta justa: si la vía existe, ¿por qué no se planteó hace tres años?

Porque durante años los tribunales portugueses interpretaron que los plazos de la Conservatória eran orientativos, no obligatorios. Las acciones que otros despachos presentaban se desestimaban o quedaban en nada. Recomendarla habría sido hacer gastar a nuestros clientes en un procedimiento sin recorrido real.

Preferimos no aconsejar lo que no creemos que funcione, aunque nos lo pidan.


Qué ha cambiado

Ante la magnitud acumulada de las esperas, los tribunales portugueses han modificado su criterio.

Hoy reconocen que estas demoras afectan a derechos fundamentales protegidos por la Constitución portuguesa, y la jurisprudencia reciente viene dictando sentencias firmes que condenan a la Conservatória a analizar y resolver el expediente de forma prioritaria.

El fundamento es sencillo y objetivo. No se discute el fondo del expediente ni se pide al tribunal que conceda la nacionalidad. Se constata que la ley fija un plazo, que el plazo se ha superado ampliamente, y se pide al tribunal que ordene resolver.


Cuánto tarda

EtapaPlazo estimado
De la presentación de la demanda a la sentencia6 a 8 meses
De la sentencia firme a la concesión de la nacionalidad2 a 4 meses

Son los tiempos que estamos observando hoy.

Y con ellos, una advertencia honesta: cada vez más solicitantes acuden a los tribunales, y es previsible que los juzgados portugueses se saturen en los próximos meses. Los plazos de arriba son los de ahora, no necesariamente los de dentro de un año. Quien decida avanzar por esta vía hará bien en no demorarlo.


Qué hace falta

Poco, y en el caso de nuestros clientes prácticamente nada.

No hay que reunir documentación nueva sobre el expediente. Lo esencial —la genealogía, el certificado de la Comunidad Israelita, los antecedentes penales— ya obra en poder de la Conservatória y no se vuelve a discutir.

En el caso de los expedientes que llevamos, ya disponemos del poder de representación y de la acreditación de residencia. Lo único que puede hacer falta es una copia del pasaporte vigente, si el que consta en el expediente ha caducado.

Es recomendable, aunque no obligatorio, añadir un párrafo explicando cómo le ha afectado la demora: oportunidades laborales o académicas perdidas, viajes que no pudo hacer, planes familiares aplazados. La demanda se sostiene por sí sola sobre el incumplimiento del plazo, pero esa explicación personal refuerza la posición ante el juez.


No pone en riesgo su expediente

Es la primera preocupación que surge y merece una respuesta clara.

La acción judicial no perjudica el proceso de nacionalidad. Si la sentencia es favorable, el expediente se resuelve de forma acelerada. Si es desfavorable, el expediente continúa su curso normal, exactamente en la misma posición y con las mismas condiciones que tenía antes.

No hay penalización, no se pierde el turno y no se irrita a nadie: es un procedimiento previsto por el ordenamiento portugués y la Conservatória lo trata como tal.


Lo que no podemos prometerle

La jurisprudencia actual es claramente favorable y la posibilidad de éxito es real y sólida. Pero conviene decir con la misma claridad lo que ningún abogado serio debería omitir: el resultado depende del criterio de un tribunal independiente y nadie puede garantizarlo.

Las únicas garantías absolutas que ofrecemos son las que dependen exclusivamente de nuestra gestión. Esta no lo es.

Dicho eso, los resultados de los últimos meses nos permiten afirmar que hoy es la alternativa más eficaz para destrabar un expediente detenido.


Es una opción, no una recomendación general

No creemos que todos los expedientes deban ir a los tribunales, y no vamos a plantearlo así.

Tiene sentido valorarlo cuando la espera acumulada es larga, cuando la demora está causando un perjuicio concreto y demostrable, o cuando hay circunstancias personales —edad, salud, un proyecto que depende del pasaporte— que hacen difícil seguir esperando de forma indefinida.

Para el resto, la vía ordinaria sigue su curso y no hay nada que reprocharle.


Cómo valorarlo en su caso

La acción se presenta en Portugal y la dirige nuestra corresponsal, la Dra. Sara Moura, que conoce cada uno de nuestros expedientes.

Si quiere estudiar si tiene sentido en su caso, escríbanos o solicite una cita. Revisamos su expediente, le decimos con franqueza qué opinamos, y le explicamos las condiciones concretas. El estudio previo no tiene coste ni compromiso.

Dr. Pablo Corral Vega Asefarad


Sobre el estado general de los expedientes y por qué unos avanzan antes que otros, véase https://asefarad.com/la-lentitud-del-proceso/ · Agosto de 2026]. Esta información es de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.