Quito, marzo 22 de 2022

Estimados clientes y amigos, si alguien les dice que no hay riesgo en el proceso de adquisición de la nacionalidad portuguesa, está faltando a la verdad.

El decreto ley 26 publicado este 18 de marzo, y que entra en vigencia el 31 de agosto de 2022, añade nuevos requisitos para la adquisición de la nacionalidad portuguesa. Es importante que nuestros clientes estén plenamente conscientes de lo que implican estos cambios normativos.

El cambio fundamental radica en el númeral 3, literal d del artículo 24a de la Ley de Nacionalidad Portuguesa, que exige como requisito indispensable:

d) Un certificado u otro documento acreditativo:

i) De la titularidad, transmitida mortis causa, de derechos reales sobre bienes inmuebles situados en Portugal, de otros derechos personales de goce o de participaciones en sociedades mercantiles o cooperativas radicadas en Portugal; o

ii) De viajes regulares a Portugal a lo largo de la vida del solicitante

cuando tales hechos demuestran una conexión efectiva y duradera con Portugal.

“Mortis causa” significa que esos derechos han sido adquiridos por causa de muerte (o heredados). Si éstos bienes o participaciones tienen que ser heredados casi nadie va a poder cumplir este requisito. En efecto, esta cláusula daría por terminado el proceso de adquisición de la nacionalidad portuguesa por la vía sefardí el 1 de septiembre de 2022 para el 99.9% de las personas.

Para todos los efectos prácticos, y de acuerdo a lo que sabemos ahora, el proceso de nacionalización por la vía sefardí terminará el 1 de septiembre de 2022. Estas condiciones podrían cambiar si las autoridades portuguesas aceptan una interpretación más favorable de la norma.

Las opciones para nuestros clientes son las siguientes:

1.- Para los clientes que ya han presentado o están por presentar sus papeles ante el gobierno portugués, este cambio normativo no les afecta en nada si presentamos sus papeles antes del 31 de agosto de 2022.

2.-Para los clientes que aún no han recibido sus certificados CIL, o que corren el riego de que estos no lleguen antes de 1ro de septiembre, vamos a presentar los expedientes ante el gobierno portugués en los meses venideros, con una versión reducida del informe genealógico.

A continuación pueden ver una versión compilada y traducida por mi persona de la nueva Ley de Nacionalidad portuguesa, en lo que respecta a la vía sefardí. Aquello que está en rojo está derogado, lo que está en verde acaba de ser introducido, y lo que está en negro no ha sido modificado. La reforma a la ley en portugués la encuentran aquí.