Portugal endurece la Ley de Nacionalidad

El martes 28 de octubre de 2025, el Parlamento de Portugal aprobó una importante reforma a la Ley de Nacionalidad que endurece significativamente las condiciones para la concesión de la ciudadanía portuguesa. Esta decisión marca un giro en la política migratoria del país, bajo una creciente presión política interna, y tiene implicaciones directas para las personas que han iniciado procesos de adquisición de la nacionalidad por la vía sefardí, así como para sus hijos menores de edad. Desde ASEFARAD, ofrecemos a continuación un análisis detallado de estas modificaciones y su impacto.

1. Cambios principales en la Ley de Nacionalidad portuguesa y su impacto en la vía sefardí

Portugal acaba de aprobar en el Parlamento una profunda revisión de su Ley de Nacionalidad, lo que marca un giro importante en su política de acceso a la ciudadanía. Esta reforma —aprobada el 28 de octubre de 2025 con mayoría de derecha y el voto en contra de toda la izquierda— introduce criterios más estrictos de integración, extiende los plazos de residencia, incorpora la figura de la pérdida de nacionalidad en ciertos casos, y, en lo que nos atañe directamente, revoca por completo el régimen especial para los descendientes de los judíos sefarditas expulsados en el siglo XV .

Este último punto es crucial para nuestros clientes. El mecanismo que permitía la atribución de nacionalidad portuguesa a descendientes sefardíes —creado en 2013 y aplicado desde 2015— ha sido formalmente revocado, según justificó el Gobierno, debido a supuestos “abusos y distorsiones” en su implementación .

Hasta ahora, este régimen especial permitía que descendientes sefardíes de origen portugués, sin necesidad de residencia en el país ni integración cultural, pudieran adquirir la nacionalidad una vez que acreditaran su linaje y obtuvieran el certificado de la Comunidad Israelita de Lisboa (CIL). Este proceso —único en Europa— se consideraba una forma de reparación histórica. Sin embargo, con esta nueva legislación, la vía sefardí desaparece por completo del ordenamiento jurídico portugués.

Las implicaciones de este cambio son profundas. A partir de la entrada en vigor de la ley, no se podrán presentar nuevas solicitudes por esta vía, lo que implica que únicamente aquellos expedientes presentados con anterioridad a esa fecha podrían seguir su curso, siempre que cumplan con los requisitos que estaban en vigor en ese momento. Más adelante analizaremos cómo queda la situación de estos expedientes.

Además de la revocatoria del régimen sefardí, la ley introduce una serie de requisitos más estrictos para todas las vías de nacionalidad, lo que evidencia una tendencia más general: Portugal está pasando de ser un país de acogida y facilitación de nacionalidades, a uno con una visión más defensiva y restrictiva, basada en conceptos como la “adhesión a los valores democráticos”, la “integración cultural” o la “capacidad de subsistencia económica”.

2. ¿Qué pasa con los procesos ya presentados antes del 1 de septiembre de 2022?

Uno de los aspectos que más incertidumbre ha generado tras la aprobación de la nueva Ley de Nacionalidad en Portugal es la situación de quienes ya iniciaron su proceso de adquisición de nacionalidad portuguesa por la vía sefardí antes del 1 de septiembre de 2022, fecha en la que entraron en vigor las reformas anteriores que endurecieron el acceso al régimen.

En principio, y conforme a los comunicados oficiales y las interpretaciones jurídicas más sólidas, los expedientes presentados antes de esa fecha siguen siendo válidos, y se tramitarán conforme a la legislación vigente al momento de su presentación. Esto quiere decir que si el expediente fue ingresado correctamente, con toda la documentación requerida, incluyendo el certificado emitido por la Comunidad Israelita de Lisboa (CIL), entonces no debería verse afectado por la revocatoria del régimen sefardí incluida en la nueva ley.

Lo anterior es crucial: la ley no tiene efectos retroactivos en los procesos en curso. El Gobierno no ha establecido mecanismos de anulación o archivo masivo de los expedientes ya presentados, lo que da un mínimo de garantía a quienes han esperado por más de dos años la resolución de su solicitud. De hecho, se ha confirmado que los conservadores continúan revisando solicitudes, con especial concentración en las presentadas en mayo de 2021.

Sin embargo, esto no quiere decir que el panorama sea del todo estable. La presión política, el endurecimiento del discurso público sobre migración y el protagonismo creciente de sectores anti-inmigración en el Parlamento —como el partido Chega—, podrían tener efectos indirectos. Por ejemplo, los tiempos de resolución pueden seguir siendo largos o incluso alargarse aún más, sobre todo si se reorganizan prioridades dentro del Ministerio de Justicia.

Otro factor relevante es la diferencia de tratamiento entre las conservadurías de Porto y Lisboa. En la práctica, muchos expedientes presentados en Porto han sido procesados con mayor agilidad, mientras que los de Lisboa siguen rezagados. Esta diferencia ha generado preocupación y confusión entre los solicitantes, pero responde, en buena medida, a la estructura administrativa y al volumen de solicitudes que maneja cada conservaduría.

3. ¿Qué implicaciones tiene la nueva ley para los hijos menores de edad?

Uno de los puntos más delicados de la nueva Ley de Nacionalidad portuguesa tiene que ver con el impacto en la transmisión de la nacionalidad a hijos menores de edad, especialmente en el caso de familias en las que los padres aún no han adquirido la nacionalidad, pero están en proceso de hacerlo por la vía sefardí.

Hasta ahora, una de las vías más utilizadas por nuestros clientes consistía en que el padre o la madre adquiriera primero la nacionalidad portuguesa, y luego, en virtud de esa nacionalidad y de los vínculos creados con Portugal, solicitarla para sus hijos menores. Sin embargo, con la entrada en vigor de la nueva ley, este camino se ha vuelto significativamente más complejo, e incluso, en algunos casos, inviable.

A. 

La importancia del vínculo efectivo

Uno de los principios reafirmados en la nueva legislación —y que ha sido endurecido en su aplicación práctica— es el de la existencia de un vínculo efectivo con Portugal. En el caso de los menores de edad, ya no basta con que uno de los padres tenga la nacionalidad portuguesa: ahora es indispensable demostrar que el menor tiene una conexión real con el país. Esta puede manifestarse, por ejemplo, mediante residencia en Portugal, escolarización, conocimiento del idioma, o integración en la comunidad portuguesa.

En la práctica, esto significa que los niños que viven fuera de Portugal y que no han establecido ningún tipo de vínculo con el país podrían tener denegada su solicitud de nacionalidad, incluso si uno de sus padres es portugués.

B. 

Riesgos para quienes están cerca de la mayoría de edad

La situación se vuelve aún más crítica para los menores que están próximos a cumplir los 18 años, o que ya han alcanzado la mayoría de edad, pero cuyos padres aún no han obtenido su nacionalidad portuguesa. En estos casos, no existe ninguna posibilidad realista de transmitirles la nacionalidad.

Por eso, a los que tengan hijos bastante menores que aún puedan recibir la nacionalidad una vez que sus padres adquieran su nacionalidad, tienen que empezar a construir vínculos reales y documentables entre los menores y Portugal, a través de viajes, cursos de portugués, intercambios culturales, o cualquier otra actividad que pueda dejar constancia de una conexión tangible con la sociedad portuguesa.

C. 

Una advertencia necesaria

En términos muy claros, debemos decir que la posibilidad de obtener la nacionalidad portuguesa para los hijos menores de edad —cuando no se han creado vínculos con Portugal— se ha visto seriamente restringida. Las familias deben ser conscientes de que el tiempo apremia, y que cada año que pasa sin consolidar esta relación con el país puede reducir drásticamente las opciones legales disponibles.

De hecho, en los casos en que los menores ya tienen 17 años o están por cumplir la mayoría de edad, las probabilidades de que logren obtener la nacionalidad son actualmente muy bajas, a menos que el proceso del padre o la madre ya haya concluido con éxito y que, adicionalmente, existan pruebas de un lazo efectivo con Portugal.

4. Una ley más restrictiva: los principales cambios de la nueva legislación portuguesa

La reforma aprobada en 2025 representa un endurecimiento sin precedentes de la Ley de Nacionalidad, impulsado por el creciente peso político del partido de ultraderecha Chega y por un consenso más amplio en torno a la necesidad de “controlar” los flujos migratorios. Portugal, que durante más de una década fue reconocido como uno de los países europeos más abiertos en materia de ciudadanía, ha modificado su marco legal para hacerlo mucho más exigente, burocrático y restrictivo .

Entre los cambios más significativos destacan los siguientes:

a) Fin definitivo del régimen sefardí

El artículo que amparaba la nacionalidad por descendencia sefardí fue derogado. Esto pone fin a un régimen histórico creado en 2013 como forma de reparación por la expulsión de los judíos portugueses en 1496. Desde ahora, ya no existe ninguna vía especial para descendientes sefardíes, ni siquiera mediante la obtención de certificados comunitarios.

Las solicitudes ya presentadas antes de la entrada en vigor seguirán su curso bajo la normativa previa, pero no se admitirán nuevas peticiones.

b) Endurecimiento de los criterios de naturalización

La nueva ley aumenta el período mínimo de residencia legal en Portugal de siete y diez años para la mayoría de los solicitantes. Además, se exige demostrar integración efectiva, mediante:

  • conocimiento comprobado del idioma portugués (nivel B2);
  • ausencia de antecedentes penales;
  • medios de subsistencia propios o empleo estable;
  • respeto a los valores democráticos y a la Constitución portuguesa.

c) Restricciones a la reagrupación familiar

Las normas de reunión familiar han sido reformuladas para impedir que familiares de residentes temporales o beneficiarios de programas especiales obtengan automáticamente la residencia. Ahora deben demostrar vínculos prolongados y medios económicos suficientes para mantenerse en el país.

d) Eliminación de la “regularización por arraigo”

Portugal eliminó la posibilidad de regularizar a inmigrantes en situación irregular que hubiesen vivido y trabajado en el país sin permiso. Esta figura, que beneficiaba a miles de extranjeros, desaparece del nuevo texto, sustituyéndose por un sistema de permisos temporales mucho más limitado.

e) Introducción de causas de pérdida de nacionalidad

Por primera vez, la ley introduce mecanismos para revocar la nacionalidad portuguesa, especialmente cuando se compruebe falsedad documental, fraude en la obtención o ausencia de vínculo efectivo con el país. Este cambio tiene repercusiones directas en los antiguos procesos sefardíes, donde las autoridades podrían revisar expedientes si sospechan irregularidades.

f) Nuevos controles de “interés nacional”

El gobierno portugués podrá vetar la concesión de nacionalidad por motivos de seguridad nacional o interés público, una cláusula ambigua que da amplios poderes discrecionales al Ministerio de Justicia.


📍Conclusión

En conjunto, estas modificaciones marcan una ruptura con el espíritu original de la Ley de Nacionalidad de 2006 y con la política de apertura que Portugal mantuvo durante las dos últimas décadas. El nuevo marco legal enfatiza el control migratorio, la integración cultural y la seguridad del Estado, relegando la dimensión humanitaria y reparadora que dio origen al régimen sefardí.

Para nuestros clientes de ASEFARAD, la implicación es clara:

  • quienes ya presentaron sus expedientes antes del 1 de septiembre de 2022 seguirán amparados por la ley anterior, aunque dentro de un contexto más lento y exigente;
  • y para las nuevas generaciones —especialmente los hijos menores—, el camino hacia la nacionalidad portuguesa será mucho más estrecho y condicionado a la creación de vínculos reales y documentables con el país.

Fuentes:

Sabado.pt

Sapo.pt

Diario de Noticias

Globo.com